Políticas explícitas o directas: el financiamiento directo de las actividades de investigación y desarrollo: Evolución, instituciones y características.

            Las políticas tecnológicas son todas las acciones que realiza el Estado, en pro de contribuir a la creación y fortalecimiento de la innovación tecnológica tanto en el ámbito publico como privado para así mejorar el sistema tecnológico del país y así promover y elevar el nivel de vida de sus habitantes.
            Dentro de estas políticas pueden diferenciarse dos tipos según su forma de aplicarse pero las cuales tiene el mismo fin en común promover el nivel tecnológico de las empresas tanto publicas como privadas, una de estas son las políticas directas o explicitas los cuales son los decretos de ley, leyes, creadas para motivar instituciones, proyectos, incentivos entre otros, los cuales tienen como fin llevar a cabo los planes tecnológicos del Estado. El otro tipo de políticas son la indirectas o implícitas las cuales son estrategias que tienen fines directos en el área política, social, cultural o económica pero que ocasiona efectos secundarios en el ámbito tecnológico. 
            Evolución

            Las Academias Nacionales hasta finales de los sesenta del siglo XX habían sido las únicas instituciones del Estado que tenían entre sus tareas especificas el estimular el desarrollo de la ciencia en el país; creadas las primeras a finales del XIX y principios del XX, (la Lengua, Historia, Medicina, Ciencias Políticas y Sociales, y Físicas, Matemáticas y Naturales) en los ochenta del XX se completó el cuadro disciplinario con la fundación la  Academia  Nacional de Ciencias Económicas (ANCE)(1983). Estas instituciones han orientado sus actividades hacia lo honorífico a excepción de la Medicina y eventualmente la de Historia. Las Academias Nacionales como tal han sido lentas en seguir de cerca el desarrollo de la ciencia en Venezuela y en reconocer como integrantes de ellas  a  los nuevos de investigadores que ahora tiene el país; un ejemplo de ello es que la de Ciencias Físicas Matemáticas y Naturales tiende poco a incorporar a los profesionales que hacen investigación en biología, química, física, y si mas a los ingenieros que ejercen la profesión.

Instituciones
La  creación en 1967  del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CONICIT), a través de una Ley sancionada por el Congreso de la República constituyó el primer esfuerzo del Estado venezolano, ya no sólo por fomentar la actividad de investigación sino también por encauzarla mediante mecanismos financieros como las becas de postgrado, las subvenciones para proyectos básicos y aplicados, que eran adjudicados luego de la evaluación por comisiones de expertos. También, CONICIT inicio la práctica de planificación de la ciencia y la tecnología mediante la formulación de Planes de Ciencia y Tecnología.
El CONICIT estimuló una política de regionalización de la ciencia creándose para ello las Fundaciones para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología  (FUNDACITE) en los distintos estados del país. Para reconocer la trayectoria de los científicos del país por su contribución al desarrollo de la investigación, creo el Premio Nacional de Ciencias, en las distintas áreas (Biología y Medicina, Física Química, Matemáticas, Ciencias Sociales y Humanística y el Tecnología); y para destacar aquellos trabajos anuales de investigación publicados, estableció el Premio Anual en cada de las distintas áreas disciplinarias. Organizó, a instancias de la comunidad científica, el Sistema de Promoción al Investigador (SPI) (1990), a fin de estimular la productividad de los investigadores del país al otorgarles aquellos que fueron evaluados positivamente un estipendio o beca equivalente a un varios salarios básicos. De igual manera, la continuación por las distintas autoridades de los programas de becas de postgrado (dentro y fuera del país), las subvenciones a proyectos de investigación y las ayudas a la actualización de la comunidad científica nacional (viajes a congresos y  pasantías) han permitido a los científicos en Venezuela vencer con más facilidad el aislamiento científico y cultural de otras épocas.
Financiamiento por parte de las Políticas Directas: consiste en aportar el dinero que necesita un país o empresa, este recurso proviene del gobierno o de un entidad privada con el fin de lograr un bien común o para el país; es decir, no es otra cosa que sufragar los gastos de una actividad. Y los Incentivos, que se refiere a todos aquellos procedimientos diseñados con el objeto de buscar una motivación para el logro de determinados propósitos que favorezcan a las políticas tecnológicas. En otras palabras se puede decir que es un estimulo que se ofrece a una persona, grupo o sector de la economía con el fin de elevar la producción y mejorar los rendimientos.
Financiamiento por parte de las Políticas Indirectas: se clasifican en: Subsidios a la Importación, se trata de la prestación pública o un impuesto que tiene que pagar un país para poder introducir algo al nuestro, es de carácter económico y beneficia a la política tecnológicas ya que es una contribución para el mismo. Y los Incentivos a la Exportación, el cual se basa en los diferentes estímulos o barreras arancelarias que existen para exportar un producto o proyecto.
Planteamiento a nivel nacional del desarrollo científico tecnológico. 
Con la llegada al gobierno de Hugo Chávez Frías en 1999, se crea el Ministerio de Ciencia y Tecnología (MCT) pasando a ser el CONICIT, ahora FONACIT (Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación) una de las instituciones adscritas a este despacho así como otras organizaciones como el IVIC, CIEPE, FII, CIDA, FUNVISES, Instituto de Estudios Avanzados (IDEA) y el Fondo Nacional de Investigaciones Agropecuarias (FONAIAP), ahora Centro de Investigaciones Agrícolas (CIA). El Ministerio dio importancia la búsqueda de recursos financieros como la promulgación de varios instrumentos jurídicos, entre los que se destacan la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación (2000), lo cual permitía honrar al artículo 110 de la Constitución sancionada en el 1999, en la cual se establecía que el Estado reconocería “el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y los servicios de información  necesarios”, considerándolos como instrumentos fundamentales para el desarrollo económico del país, "así como para asegurar la seguridad y defensa nacional". De igual manera, indicaba que el Estado destinaría los fondos necesarios y crearía “el sistema nacional de ciencia y tecnología de acuerdo a una ley".
El nuevo instrumento legal formó parte del conjunto de leyes que el Ejecutivo promulgó gracias a la habilitación que le otorgara la Asamblea Nacional en el 2001. El MCT  adujo urgencia para aprobar la ley, lo cual ocasionó fricciones con la comunidad científica que juzgó que el texto del nuevo instrumento debía ser objeto de una amplia consulta, lo cual implicaba contar con un tiempo mas largo que el establecido por el Ministerio.
La Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación aprobada en agosto del 2001, es un intento de convocar a los sectores ligados directamente o aquellos potenciales de serlo a la ciencia y la tecnología, tanto públicos como privado, a fin de integrarlos en un sistema. Este debe atenerse a un plan de ciencia y tecnología confeccionado por el Ministerio (artículo 11). Este punto generó controversia, los integrantes de la comunidad científica a través de sus asociaciones, los Consejos de Desarrollo Científicos y Humanísticos, por ejemplo insistían en que hubiese una instancia en donde todos los actores (investigadores, empresarios públicos y privados, fundaciones del estado entre otros) del sistema pudiesen estar representados y participar en la elaboración del mencionado plan. Pero este punto no fue acogido en la ley promulgada. La ley también daba potestad al Ministerio de orientar los proyectos de ciencia y tecnología que las gobernaciones y municipios tuviesen a bien emprender (artículos 36, 37, 38 y 39). Finalmente, el Ministerio se convertía en el ente coordinador de los esfuerzos públicos y privados para financiar las actividades del Plan (artículo 26).
Otro instrumento que fue modificado fue el Sistema de Promoción al Investigador (SPI) que buscaba, por una parte ser mas flexible en cuanto a las personas que podían ser incorporadas, al  no hacer  hincapié en la dedicación a la investigación. Y por la otra, buscó en un principio, obligar a los investigadores a publicar los resultados de sus investigaciones en medios nacionales al dar mayor puntuación a las revistas del país sobre las del exterior. Ambos aspectos generaron controversia y si bien la primera de ellas no se ha modificado, la segunda si lo fue a fin de eliminar el privilegio hacia las publicaciones nacionales.
El Estatuto de creación del IVIC (1959) fue sustituido por una ley (2000), la cual le permitió al MCT escoger los integrantes del Consejo Directivo del mismo, a excepción de los representantes laborales.
Dentro del Plan de prioridades que promulgara el MCT, confeccionado sin consulta de los actores del sector científico y tecnológico, se recalca la idea de la necesidad de democratizar la ciencia, lo cual en la práctica llevó a financiar proyectos de investigación presentados por individuos que no son científicos, pero que el Ministerio ha identificado como personas que buscan resolver sus problemas a través de la ciencia.
También desde el MCT se puso en marcha la idea de crear una red de centro de computación a fin de que la población tuviera acceso a la Internet, los llamados “Infocentros”. Este impulso hacia la informática  es parte de una acción más amplia, que consiste en que el Estado automatice una serie de tareas. En esta perspectiva se encuentra la Ley de firma electrónica aprobada para facilitar la confección de documentos oficiales y su divulgación electrónica; se ha intensificado la existencia de páginas electrónicas o WEB de los ministerios y otros entes del Estado, sumándose así, el Ejecutivo a los esfuerzos existentes en la red académica, los medios de comunicación social y otras organizaciones no gubernamentales (ONG). La propia Presidencia de la República mantiene actualizada una hoja WEB con información de las leyes promulgadas, la Gaceta Oficial, la agenda presidencial, así como los discursos, entrevistas e intervenciones del mandatario en el programa de radio “Alo Presidente”, entre otros.

Ministerio e Instituciones públicas y privadas encargadas del fomento de la ciencia y tecnología en la nación.

(LOCTI. Artículo 3.) Forman parte del Sistema Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación, las instituciones públicas o privadas que generen y desarrollen conocimientos científicos y tecnológicos, como procesos de innovación, y las personas que se dediquen a la planificación, administración, ejecución y aplicación de actividades que posibiliten la vinculación efectiva entre la ciencia, la tecnología y la sociedad. A tal efecto, los sujetos que forman parte del Sistema son:
1.    - El Ministerio de Ciencia y Tecnología, sus organismos adscritos y las entidades tuteladas por éstos, o aquéllas en las que tengan participación.
2.   -  Las instituciones de educación universitaria y de formación técnica, academias nacionales, colegios profesionales, sociedades científicas, laboratorios y centros de investigación y desarrollo, tanto público como privado.
3.   - Los organismos del sector privado, empresas, proveedores de servicios, insumos y bienes de capital, redes de información y asistencia que sean incorporados al Sistema.
4.   - Las unidades de investigación y desarrollo, así como las unidades de tecnologías de información y comunicación de todos los organismos públicos.
5.   - Las personas públicas o privadas que realicen actividades de ciencia, tecnología, innovación y sus aplicaciones.
- Sistema nacional de ciencia y tecnología: es un sistema abierto, no excluyente, del cual forman parte todos los programas, estrategias y actividades de ciencia y tecnología, independientemente de la institución pública o privada o de la persona que los desarrolle.
La Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI) tiene el objetivo fundamental de estructurar el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI). En este Sistema se integran las instituciones, organismos, entidades y organizaciones universitarias estadales del sector público y privado para que realicen actividades vinculadas al desarrollo científico, tecnológico e innovativo, y adelanten la formación del personal que hace vida en los diferentes entes que lo conforman.
La necesidad de continuar el desarrollo económico, social y político del país, establecido en la Constitución de la República Bolivariana, exige diferentes esfuerzos, entre ellos el esfuerzo legislativo que permita al marco jurídico adecuarse a una realidad cambiante, lo que es especialmente necesario en el ámbito de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, tal como se expresa en el Artículo 110.
Quizás lo más llamativo de la reforma a la Ley sea el tema de la financiación. En este tema se busca que el SNCTI reciba mayores aportes de grandes sectores, como del sector hidrocarburos (2%), el minero y eléctrico (1%), así como de las grandes empresas (0,5%) de los otros sectores productivos de bienes y  servicios. Al Ministerio del Poder Popular para la Ciencia y la Tecnología se le otorga con la Ley el control y la fiscalización de esos aportes, aplicando las multas a que dé lugar su cumplimiento.
Asimismo, una mayor participación del Ministerio del Poder Popular para la Ciencia y la Tecnología se traduce en una mayor participación ciudadana, pues crea la posibilidad de que los venezolanos reciban apoyo a sus proyectos, a través de una asesoría adecuada, protección a la propiedad intelectual y el financiamiento para su ejecución, lo que vincula estrechamente la labor que lleva a cabo este órgano con el individuo y el desarrollo de su entorno.
- Papel del CONICIT y su unidad de transferencia tecnológica IVIC: La creación del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas  en 1968 constituye un episodio importante dentro de la conformación del sistema nacional de innovación venezolano, pues este organismo dio un impulso importante a las estructuras de investigación mediante la instrumentación de diferentes mecanismos de promoción y subvención a la actividad científica, apoyados en un discurso acerca de la necesidad de desarrollar esta actividad como una herramienta de extraordinaria utilidad social. 
El CONCIT, impulsado por el Ministerio del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias, a cargo de Ricardo Menéndez, tiene como uno de sus objetivos fundamentales aumentar el aprovechamiento de las oportunidades que brinda la ciencia y la tecnología para incrementar el nivel de desarrollo de la nación.
El Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC) es un instituto de investigación científica y de formación de postgrado de Venezuela fundado el 9 de febrero de 1959 por decreto de la Junta de Gobierno, tiene sus orígenes en el Instituto Venezolano de Neurología e Investigaciones Cerebrales (IVNIC) que fundó en 1955 el Doctor Humberto Fernández Morán.
            El IVIC realiza labores de investigación científica, desarrollo tecnológico y formación de recursos de alto nivel, aparte de tener funciones de divulgación, asesoría y facilitación de servicios externos.
En la actualidad, el IVIC se desarrolla en biofísica, bioquímica, microbiología, biología celular, medicina experimental, química, ecología, antropología, matemáticas, física, biología estructural, estudio de la ciencia, fotografía científica y diseño gráfico. Gracias a laboratorios donados por la UNESCO y el mantenimiento de los propios, se mantiene en pie para seguir generando y procesando conocimientos para el gobierno nacional y el bienestar de los venezolanos.